México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válida constitucionalmente la eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) y el incremento de hasta 35 por ciento del Impuesto sobre la Renta (ISR), aunque en el último tema sigue la discusión de diversos puntos.
En la sesión pública de este día y de manera unánime, con 10 votos, el pleno de la SCJN, resolvió que la desaparición del Repecos y el establecimiento de 35 por ciento para el ISR no violentan los principios de equidad tributaria y de proporcionalidad.
Ello, al resolver las acciones de inconstitucionalidad 40/2013 y su acumulada 5/2014, que presentaron integrantes de la 62 Legislatura contra el decreto que instauró el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 16 por ciento en las fronteras.
Asimismo, modificó la Ley del ISR y derogó el Repecos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013.
Al presentar la ponencia del ministro Sergio Valls, Margarita Luna Ramos sostuvo que son inválidas dichas acciones de inconstitucionalidad, ya que el Legislativo tiene la competencia de fijar la política fiscal y su monto.
Rechazó que la eliminación del Repecos viole el principio de equidad tributaria, ya que la normatividad que la sustituyó no cambia la categoría, se respetan los mismos principios y sigue optativa para las personas físicas que en el anterior ejercicio acreditaron menos de dos millones de pesos.
En los recursos presentados, los senadores y diputados inconformes señalaron que en 2014 aumentó la tasa del ISR conforme se incrementa el monto de los ingresos de las personas físicas, lo que hace que sea no equitativa.
A su vez, los ministros aún no llegan a una decisión si es válido constitucionalmente el establecimiento de un tope a las deducciones en el caso del ISR, discusión que continuarán en la sesión de este martes 26 de agosto.
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